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JUICIOS ESPECIALES DE FIANZAS ANTE TRIBUNALES LOCALES O FEDERALES

Cuando desafortunadamente no estuvimos en el proceso de negociación y la Afianzadora dictaminó la reclamación como improcedente total:


1.- Podemos acudir a elección del Beneficiario a hacer valer sus derechos ante la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), o bien.

2.- Directamente ante los Tribunales Locales o Federales, mediante un Juicio Especial de Fianzas, para hacer valer los derechos del Beneficiario y obtener de la Afianzadora el pago de la reclamación por resolución judicial, aunado el pago de la penalidad a que se refiere la Ley Federal de Instituciones de Fianzas.



 
 
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